El Boletín Oficial publicó los exigentes requisitos para no dar de baja la pensión por discapacidad.
La Agencia Nacional de Discapacidad estableció por decreto en el Boletín Oficial, que todo aquel que haya sido notificado de una baja en su pensión debe presentarse en 10 días en la Anses para ratificar que cumple con una extensa lista de requisitos.
Esto es a raíz de que el Gobierno apeló el fallo de la jueza Adriana Cammarata, que le exigía restituir en un plazo de diez días todas las pensiones no contributivas por invalidez, pero además subió la apuesta: a través de una resolución de la Agencia Nacional de Discapacidad publicada en el Boletín Oficial.
Distintas organizaciones y abogados defensores denuncian que dichos requerimientos son restrictivos y los organismos que defienden a las personas con discapacidad afirman que son “inconstitucionales” porque se basan en un decreto de 1997 que no toma en cuenta la Convención por los Derechos de las Personas con Discapacidad, a la que la Argentina suscribió en 2008.
Se trata de una contraofensiva al fallo de Cammarata, que la semana pasada señaló que la falta de pago de las prestaciones resultaba “lesivo, con arbitrariedad e ilegitimidad manifiestas” de los derechos y garantías contemplados tanto en la Constitución como en los Tratados Internacionales. En la decisión judicial se establecía que había sido negado el derecho a defensa de las personas beneficiarias. De este apartado se valió el gobierno para armar una “emboscada”, según denunció la Red por los Derechos de las personas por la Discapacidad, para “poner a la gente en las fauces del león” y lograr que se presente espontáneamente en la Anses para que el organismo defina si deben tener o no la prestación.
Los requisitos para no perder el beneficio:
*No percibir, ni vos ni tu cónyugue, ninguna jubilación, pensión, retiro o ninguna prestación contributiva.
*Acreditar que tu capacidad laboral representa una disminución del 76% o más.
*No estar empleado bajo relación de dependencia.
*No tener bienes, ingresos ni recursos que permitan tu subsistencia o la de tu grupo familiar.
*No tener parientes obligados legalmente a proporcionarte alimentos o que, teniéndolos se encuentren impedidos para hacerlo.
*Ser argentino nativo, argentino naturalizado con, por lo menos, 5 años de residencia o extranjero con, por lo menos, 20 años de residencia.
*No estar detenido a disposición de la Justicia.