La Justicia Nacional Electoral recordó que las autoridades de mesa que fueron designadas para las elecciones generales del pasado 22 de octubre también están elegidas para desempeñarse en esa función para el balotaje del domingo próximo.
De ese modo, las autoridades de mesa que se desempeñaron en las pasadas elecciones generales no deben esperar un nuevo telegrama de notificación y deben presentarse con el telegrama recibido en octubre y con su documento de identidad en el mismo establecimiento de votación.
El telegrama de designación enviado por la Junta Electoral Nacional ya incluía las dos fechas de convocatoria y constituye la designación para desempeñarse como autoridad de mesa en la segunda vuelta, recordó la Justicia Nacional Electoral en un comunicado.
Además recordó que la función como autoridad de mesa es una “carga pública irrenunciable” y su “incumplimiento constituye un delito electoral que está sancionado con una pena de 6 meses a 2 años de prisión, según lo previsto en el artículo 132 del Código Electoral”.
“Si fuiste designado/a y te desempeñaste como Autoridad de mesa en las elecciones generales del 22 de octubre, el domingo 19 de noviembre deberás cumplir la misma función. Preséntate directamente ya que no vas a recibir un nuevo telegrama”, señaló en un flyer la Cámara Nacional Electoral (CNE).
La Justicia Electoral bonaerense dio indicaciones a los delegados electorales para el balotaje
La Justicia Electoral Nacional por la provincia de Buenos Aires emitió el Acta N° 36 dirigida a los delegados electorales que participarán en el balotaje, en la cual se recordó que aquellos ciudadanos designados como autoridades de mesa y que cumplieron funciones en las PASO y en las generales, deben cumplir esta misma función en la segunda vuelta.
El documento lleva la firma de los magistrados Roberto Lemos Arias, Sergio Torres y Alejo Ramos Padilla, y explica que “resultan válidos los telegramas de designación de las elecciones Primarias del 13/8/2023 y los librados para la elección general del 22/10/2023, y los correspondientes reemplazos”.
“En el caso de que la persona designada como autoridad de mesa no contara con el telegrama, deberá presentarse en el establecimiento e informarle al delegado, quien se comunicará con la Secretaría Electoral para remitir una nueva designación en caso de que correspondiera”, según se indicó en un comunicado.
También se hizo saber que “la cantidad de boletas de contingencia son las que cada agrupación decidió enviar, teniéndose presente que en algunos casos solo encontrarán boletas de una de las agrupaciones participantes, ya que la otra decidió no enviar el número sugerido”.
“Si se produjera un faltante de boletas, el delegado deberá comunicarse con la Junta Electoral para notificar a la agrupación política. Al elector se le solicitará que aguarde la reposición, permitiendo que regrese más tarde. En ningún caso se suspenderá el comicio, en ninguna mesa, por el faltante de boletas de una agrupación”, subrayaron voceros judiciales.